1. Aportación PUNTUAL
Aportación puntual a través de nuestra cuenta: Triodos Bank
ES86 1491 0001 2830 0008 2017
Swift: TRIOESMMXXX
También tienes la opción de realizar un Donativo voluntario a través de:
2. Aportación PERIÓDICA
Enviar formulario
A partir de 2015 las donaciones que hagas desgravan más, tanto si lo haces como persona física o a través de una empresa (entidad con personalidad jurídica). Así puedes decidir aportar un donativo mayor a nuestra organización sin que te cueste más dinero, lo que hará que dispongamos de más fondos para cumplir nuestros objetivos sociales logrando así un mayor impacto.
Ahora puedes aportar un mayor donativo a nuestra organización sin que te cueste más dinero
...¿Sabes que puedes recuperar hasta un 75% de tus donaciones?
Los primeros 150€ que dones desgravarán el 75% y a partir de 150€ desgravarán el 30%. Además, si llevas más de 3 años ayudándonos a conseguir un mundo mejor con tus donaciones, tu desgravación en este último tramo se incrementa hasta el 35%.
Por ejemplo, aportando 250€ al año:
Desgravación fiscal
Deducción y desgravación de donaciones a HORMIGA DEL COSMOS
Si has decido hacerte socio o realizar un donativo puntual a HORMIGA DEL COSMOS te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Desde 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de HORMIGA DEL COSMOS, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF).....Porcentaje de deducción
Primeros 150€ ........................75%
Resto .......................................30%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€* ..............35%
Límite deducción base liquidable ........10%
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Se debe tener en cuenta si la comunidad autónoma en la que la empresa realiza la liquidación del impuesto está sujeta a un régimen foral particular o si ésta cuenta con deducciones adicionales por donaciones a ONG. Además, la actividad en la que se ha colaborado puede haber sido clasificada como actividad prioritaria de mecenazgo por la Ley 49/2002 dando lugar a un mayor porcentaje de deducción.
Nota importante: tanto en el caso de personas físicas como de personas jurídicas (empresas), el límite para desgravarse es del 10% de la base liquidable del impuesto correspondiente (IRPF en el caso de personas físicas e IS en el caso de personas jurídicas).